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                  24 años

Pague menos y no demás!

Sabía usted que el 95% de las personas que tienen deudas terminan pagando más del doble del dinero que su acreedor le prestó?


Este es el gran negocio que logran Bancos y Finacieras
y se debe principalmente a la falta de asesoramiento legal que poseen las personas al momento de negociar su deuda con su acreedor y al abuso del acreedor de la falta de conocimiento que tienen los deudores de sus propios derechos.
 

Hoy en día hay millones de personas con problemas de deudas no solo en la Argentina sino en el mundo entero, sólo con leer lo que paso en EEUU con las hipotecas suprime (http://www.youtube.com/watch?v=1pTVmDg5Kp0) o lo que está pasando actualmente en España, que el desempleo llego al 28% en 2013 y los pronósticos para los países de la eurozona son sombríos con previsiones a la baja de crecimiento, es decir que podemos tomar dimensión de la problemática mundial que estamos viviendo actualmente en relación con las deudas. 


Es dable tener en cuenta que uno de los errores más comunes que comenten los deudores al momento de negociar con su acreedor es lo que en nuestro Estudio denominamos Refinanciación Eterna, es decir el acreedor usa todo tipo de estrategias legales y no tan legales, para que el deudor que se atrasa en los pagos termine refinanciando su deuda y pagando una cuota mensual que se extiende durante varios años. De esta forma, el acreedor se asegura el pago de su deuda haciéndole firmar al deudor un pagaré y en caso que el deudor no pague se lo ejecutará.
 

Por eso es muy importante exigirle a su acreedor que le envíe, vía email o por escrito, un detalle de su deuda actualizada para que un profesional pueda evaluar, si lo que le proponen que pague es correcto o no. Este detalle completo de su deuda se denomina Costo Financiero Total (CFT).
 

El Costo Financiero Total (CFT) es la principal variable que usted debe tener en cuenta al elegir un préstamo personal, prendario o hipotecario, ya que es el mejor indicador del costo global que deberá afrontar cuando usted deba pagarlo.
 

El CFT está compuesto por la tasa de interés nominal anual (TNA) y por todos aquellos cargos asociados a la operación que no implican la retribución de un servicio efectivamente prestado o un genuino reintegro de gastos.
 

Estos cargos pueden ser periódicos, por una única vez, un monto fijo o una tasa calculada sobre el monto del préstamo, el capital adeudado o la cuota.
 

La personas con problemas de deudas tienen que estar defendidas por un abogado especialista en la materia y no por un letrado improvisado, ya que la deuda en si abarca diferentes etapas que el profesional tiene que conocer a la perfección para lograr que su cliente termine pagando el menor dinero posible, ya sea en la etapa extrajudicial o judicial de su deuda.

Resumiendo, reclame siempre:


  • El recibo de cada pago efectuado firmado por el acreedor,

  • El Costo Financiero Total (CFT) de su operación

  • y contrate un Abogado especialista para lograr el mejor resultado.




Dr. Ignacio María Amor

www.AbogadoDeuda.com.ar

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